El 18 de septiembre de 2024, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina (ATILRA) y el Centro de la Industria Lechera (CIL) concretaron un nuevo acuerdo paritario para el mes de septiembre. Este acuerdo, enmarcado en el Artículo 74 de la Convención Colectiva de Trabajo 2/88, establece incrementos salariales para todas las categorías del escalafón, junto con un adicional no remunerativo por única vez.

Detalles del acuerdo:

  • Ajustes salariales: Los salarios básicos y adicionales remunerativos fueron actualizados según lo establecido en la grilla anexa al acta. Por ejemplo, para la Categoría A, el básico se fijó en 976.580,01,con un adicional remunerativo de 976.580,01, con un adicional no remunerativo de 137.879,59, totalizando $1.114.459,61.
  • Adicional no remunerativo: Se acordó un adicional no remunerativo por única vez, que varía según la categoría. Para la Categoría A, este adicional es de 46.280,85,llevando el total a 46.280,85, llevando el total a 1.160.740,46.
  • Contribución extraordinaria: Las empresas del sector abonarán una contribución extraordinaria de $30.000 por cada trabajador, destinada a ATILRA, con el objetivo de compensar los efectos de las variables macroeconómicas que han impactado en los ingresos de la asociación. Este pago deberá efectuarse antes del 23 de octubre de 2024.

Valor del litro de leche:
En el marco del Artículo 38 de la CCT 2/88, se estableció el valor del litro de leche en $1.200 para el período de septiembre de 2024.

Compromiso continuo:
Las partes ratificaron su compromiso de continuar negociando los salarios para los meses siguientes, en línea con las pautas establecidas en la comisión salarial, y solicitaron la homologación del presente acuerdo ante la Secretaría de Trabajo del Ministerio de Capital Humano de la Nación.

Este acuerdo refleja el esfuerzo conjunto de ATILRA y el CIL para garantizar condiciones laborales justas y equitativas para los trabajadores de la industria lechera en todo el territorio nacional.

Para más detalles sobre los valores salariales acordados, se puede consultar la grilla anexa al acta de acuerdo.

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